Los TICCA expresamos RECHAZO TOTAL a la ley de Áreas Protegidas en el Ecuador
La Red de Territorios de Vida Ecuador frente al Proyecto de Ley de Fortalecimiento de Áreas Protegidas
Desde la Red de Territorios de Vida Ecuador, expresamos nuestra extrema preocupación frente al proyecto de ley llamado “Ley Orgánica de Fortalecimiento de Áreas Protegidas y Promoción del Desarrollo Local”.
Este proyecto, que inicialmente hablaba de “recuperación”, cambió su título en el segundo debate para enfocarse en el “fortalecimiento” de las áreas protegidas. Sin embargo, más allá del nombre, el proyecto presenta graves problemas de inconstitucionalidad desde su origen.
1. Inconstitucionalidad desde el inicio.
Este proyecto fue calificado como de “urgencia económica”, aunque no lo es. Además, viola la Constitución porque mezcla varios temas: reforma el Código Orgánico Administrativo, la Ley de Movilidad Humana y la Ley de Régimen Tributario Interno.
La Constitución (Art. 136) exige que un proyecto de ley trate solo una materia, y establece que si no cumple este requisito, no puede ser tramitado. Aun así, el proyecto avanza ya que en la Asamblea Nacional el gobierno tiene los votos para su aprobación, no les importa si la ley es inconstitucional.
2. Se justifica en un discurso alarmista
El proyecto parte de la idea de que las áreas protegidas están controladas por el crimen organizado y que el Estado no tiene presencia. Pero en lugar de fortalecer la gestión pública, propone crear condiciones para que la inversión privada entre en estos territorios, supuestamente para “conservar” y generar recursos.
Se habla de:
Crear leyes que den seguridad a inversionistas.
Promover un “modelo autosustentable” con participación privada.
Cambios regulatorios e impositivos para atraer capital.
Esto evidencia que el objetivo no es conservar, sino abrir paso a negocios privados dentro de las áreas protegidas. La verdadera intención es que el capital privado intervenga en las áreas protegidas, y no necesariamente para conservación. La inversión será para explotar económicamente estos espacios territoriales.
El gobierno nacional lo que pretende con este proyecto de ley es:
• Crear “nuevas fuentes de financiamiento y de cooperación. Para esto, es indispensable cimentar un marco jurídico que brinde seguridad a los inversores”, es decir, crear esta y otras leyes que brinden seguridad a los inversionistas privados, sean estos nacionales o extranjeros.
• “Es apremiante promover una alternativa económica-financiera que aliente la inversión privada o externa, y que permita el establecimiento de un modelo autosustentable para cuidar los recursos no renovables de nuestro país”. Como podemos ver, no solo se trata de crear un marco legal, sino de imponer un modelo económico que impulse la inversión a título de cuidar los recursos no renovables.
• “Que, la atracción de inversión privada exige la creación de condiciones habilitantes en el ámbito regulatorio e impositivo”. Se crean las condiciones y garantías perfectas para la inversión privada y para mercantilizar la conservación.
3. Vulneración de derechos de los pueblos indígenas
Muchas áreas protegidas son territorios ancestrales donde viven pueblos y nacionalidades indígenas, que tienen derechos reconocidos por la Constitución (Art. 57), como:
El derecho a ser consultados antes de cualquier ley que les afecte (consulta prelegislativa).
El derecho a la consulta previa, libre e informada frente a cualquier intervención en sus territorios.
El derecho a tener y ejercer sus propias autoridades.
Este proyecto no ha cumplido con la consulta prelegislativa. Además, este proyecto de Ley en el Art. 7 plantea que sea un “delegado privado” quien llegue a acuerdos con las comunidades, lo cual atenta contra el derecho a que sea el Estado quien consulte de forma previa y con respeto a las formas propias de organización (artículo 57.7).
Las autoridades competentes deben consultar de manera previa, libre e informada, y no como se pretende en este proyecto de ley, que sea el delegado privado quien construya un acuerdo con las comunidades indígenas. El gobierno nacional debe saber que en las áreas protegidas hay comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, y que estas colectividades tienen sus autoridades y gobierno propio, tal como dispone la Constitución, artículo 57.9, sobre el ejercicio de autoridad de las colectividades. Estos derechos no se están respetando: no hay consulta pre legislativa, no se respeta a las autoridades de gobierno de estas colectividades, ni a la autodeterminación. Por ello, este proyecto de ley es inconstitucional.
4. Contradicciones con el deber de conservar
La Constitución (Art. 405) dice que el Sistema Nacional de Áreas Protegidas debe garantizar la conservación de la biodiversidad y las funciones ecológicas. Sin embargo, el proyecto propone que una empresa pública se encargue de la gestión y el servicio en estas áreas.
Esto abre la puerta a que el enfoque de conservación sea reemplazado por una lógica empresarial y de lucro, lo cual contradice el mandato constitucional. . Aquí hay una inconstitucionalidad más, ya que existe un choque entre conservación y gestión con fines económicos. No cabe la generación de réditos económicos con la pantalla de conservación.
5. Riesgo de militarización
El proyecto contempla que esta empresa pública pueda solicitar la intervención de la Policía y Fuerzas Armadas para “proteger” las áreas protegidas. Esto es inaceptable e inconstitucional, pues la Constitución (Art. 57.20) prohíbe actividades militares en territorios indígenas sin regulación especial.
Además, el proyecto habla de crear un Plan Integral de Seguridad y protocolos sectoriales actualizados anualmente, lo que refuerza la preocupación sobre la posible militarización.
En resumen:
Este proyecto de ley es inconstitucional, viola los derechos colectivos de los pueblos indígenas y abre la puerta a la privatización y explotación de las áreas protegidas. Si se aprueba, será una imposición que atenta contra la consulta previa, la autodeterminación, las formas propias de gobierno y el derecho a territorios libres de intervención militar.
Desde la Red de Territorios de Vida Ecuador exigimos el respeto a la Constitución, a los derechos de los pueblos y a la verdadera conservación de nuestras áreas protegidas.